
En el Consejo de Gobierno celebrado el 17 de diciembre se ha aprobado el nuevo reglamento para la asignación de la docencia. El proceso de negociación de este texto con los sindicatos ha sido demasiado largo. De hecho, se ha necesitado más de un año para acordar la versión definitiva del documento. En octubre de 2019 solicitamos al PDI afiliado a LAB que realizase sus aportaciones y, desde entonces, han sido muchas las propuestas que nuestro sindicato ha llevado a las reuniones mantenidas con la Administración. Algunas de ellas han sido incorporadas, contribuyendo a mejorar el reglamento. Aunque el texto que se acaba de aprobar no es el que hubiéramos elaborado desde LAB, bien es cierto que supone un avance en varios aspectos:
- Se modifican ligeramente el sistema de reparto en caso de desacuerdo en la distribución de las asignaturas dentro del departamento. Aunque se mantienen los criterios para establecer el orden entre el PDI para elegir las asignaturas (contrato permanente/temporal, doctorado/no doctorado, categoría académica, antigüedad), se modifica el proceso, permitiendo dejar atrás el anterior según el cual cada profesor y profesora podía elegir toda su docencia, dejando apenas margen el PDI penalizado por esos criterios para elegir su docencia. A partir de ahora el proceso de elección de asignaturas se realizará en dos turnos, en los que cada profesor o profesora elegirá, manteniendo el orden establecido, la mitad de su encargo docente en el primer turno y, a continuación, la mitad restante de los créditos en el segundo turno. De este modo, el sistema de reparto será menos jerárquico.
- La enseñanza vinculada al profesorado asociado queda ahora excluida del reparto. Este PDI está formado por profesionales que trabajan fuera de la universidad y que se contratan para impartir asignaturas específicas. No es necesario, por tanto, incluir estas materias en el reparto. Esto constituye un en la limitación del uso indebido que, en demasiados casos, se realiza de la figura del profesorado asociado, así como para proteger al propio profesorado asociado.
- Con el fin de lograr una distribución más equilibrada de las asignaturas entre el profesorado, a la vez que para mejorar la calidad de la enseñanza, en el nuevo reglamento se recoge que el profesorado no imparta más de 2 asignaturas de grado en un cuatrimestre ni más de 4 asignaturas de grado en todo el curso, salvo petición expresa del profesor o profesora.
- En el caso de que el ratio para las plazas bilingües (euskara-castellano) sea mayor que para las plazas monolingües, el encargo para el profesorado que ocupa las plazas bilingües pasa de ser “obligatoriamente” en euskera a ser «preferentemente» en euskera, pudiendo elegir también asignaturas en otros idiomas.
- Cuando, en circunstancias excepcionales, un profesor o profesora tenía asignada una docencia superior a su capacidad docente, el reglamento anterior contemplaba que se compensara dentro de una planificación plurianual, sin especificar el número de años. En el nuevo texto, se recoge expresamente que dicha compensación se llevará a cabo en los dos cursos siguientes y que, como máximo, los créditos de más nunca serán más de 3 por curso, a no ser que se llegue a un acuerdo con la profesora o profesor.
- En el caso de que a un profesor o profesora se le asignen nuevas asignaturas, la nueva normativa establece que se le asegurará la impartición de la misma al menos durante 3 cursos si así lo solicita.
- En cuanto a la docencia en másteres, aunque, en general, se seguirá asignando al personal docente e investigador que figure en la propuesta del máster, en el reglamento actual se recoge expresamente que las personas responsables de los másteres establecerán procedimientos y protocolos para que otro PDI del departamento que reúna los requisitos y conocimientos necesarios pueda solicitar e impartir docencia en el máster.
- Con respecto a la flexibilización del horario para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, en la nueva normativa se añade que la jornada diaria de docencia del profesorado (desde la primera hasta la última clase) no se prolongará por más de 7 horas, a no ser que el profesor o profesora así lo solicite.
LAB consideraba deseable dar pasos más significativos en otros aspectos. Por ejemplo, para garantizar la oferta en euskera y, sobre todo, en las asignaturas optativas. En el caso de que el departamento no tenga capacidad suficiente para hacer frente a la oferta lectiva completa, en el caso de tener que renunciar a ofertar asignaturas optativas, la normativa actual establece que si las asignaturas se imparten en varias lenguas se procurará mantener el equilibrio entre las mismas. Si bien es positivo recoger este aspecto, no nos parece suficiente. Por un lado, no se obliga a mantener una oferta suficiente en euskera y, por otro lado, hay precedentes en los que, en caso de tener que suprimir un grupo de una asignatura optativa, se ha suprimido el grupo de euskera, aunque tuviera más alumnas y alumnos matriculados que en castellano.
Las tutorías son el otro punto que se ha quedado a medias, aunque nos hayamos empeñado en introducir un planteamiento más lógico. De hecho, incluso en los periodos en los que el profesor o profesora no tiene alumnado que atender (Grado, Máster, TFG o TFM), sigue obligado a permanecer físicamente en el despacho durante las horas de tutoría.
En cualquier caso, como se ha señalado, valoramos positivamente el nuevo reglamento en su conjunto y, sobre todo, comparándolo con el anterior. El esfuerzo que hemos realizado ha servido para mejorar las condiciones de todo el profesorado y para apoyar otras cuestiones como el euskera, el uso correcto de figuras docentes, la calidad docente, etc. Siguiendo este método en el que, previamente, impulsamos la participación del PDI, vamos a seguir trabajando y luchando para conseguir condiciones laborales más dignas.