El miércoles 25 de Noviembre de 2015 conocimos la sentencia del Tribunal Supremo que dictamina que los recortes aplicados al personal de la UPV/EHU en las ayudas por matrícula de estudios universitarios son ilegales. El derecho al abono de las matriculas universitarias está recogido en los Convenio Colectivos de PAS y PDI laboral y en el Acuerdo Regulador de Condiciones de Trabajo del personal funcionario. La decisión unilateral de la dirección universitaria de dejar sin efecto lo pactado en negociación colectiva fue denunciada primero ante el PRECO y más tarde ante los tribunales de justicia.
La primera sentencia de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 22 de Julio de 2014 nos dio la razón anulando la circular de Gerencia que aplicaba los recortes y ahora el Tribunal Supremo ratifica la citada sentencia.
Aunque en principio la demanda está tramitada por la vía social y sus efectos sólo serían aplicables al personal laboral, entendemos que la anulación de la circular debe extender sus efectos también al personal funcionario.
En consecuencia la administración deberá completar el pago hasta el 100% de las solicitudes tanto de primera como de las siguientes matrículas del curso 2013-14, además deberá efectuar el pago de las segundas y siguientes matrículas del curso 2014-2015 y tendrá que redactar la convocatoria prevista para Enero de 2016 para las matrículas de 2015-16 ajustándose a lo pactado en los Convenios Colectivos y en el Acuerdo Regulador.
Esta sentencia y la referida a las primas por jubilación anticipada suponen un serio y severo correctivo para la dirección universitaria que actuó de manera unilateral saltándose los pactos de la negociación colectiva y además suponen una llamada de atención a los y las miembros del Consejo de Gobierno que aprobaron la propuesta de la dirección mostrando una inaceptable actitud seguidista.
En principio la UPV/EHU actuará de oficio y los pagos pendientes se efectuarán antes de finalizar el año 2015.