Reclamación de indemnizaciones y cambio a indefinido no fijo
El pasado 14 de septiembre una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo reconoció el trato discriminatorio que sufre el personal temporal en el Estado, instando a aplicar las siguientes medidas:
1. El cobro de una indemnización al finalizar un contrato temporal, en una cuantía igual a la que recibe el personal permanente (indemnización de 20 días por año trabajado);
2. La imposibilidad de utilizar contratos temporales para cubrir plazas estructurales, es decir, aquellas que la empresa prevé mantener a largo plazo. En estos casos la sentencia reconoce el derecho a convertir los contratos en temporales no fijos.
Posteriormente se han conocido diversas sentencias basadas en estos criterios tanto en el Estado español, como por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Teniendo en cuenta lo anterior, los servicios jurídicos de LAB han estado analizando el grado de aplicación de estas sentencias al personal temporal de la UPV/EHU (PAS, profesorado y personal investigador). Sin embargo, en LAB siempre hemos primado la negociación colectiva frente a la vía judicial, por lo que hemos preferido conocer la posición de la Universidad antes de proponer medidas concretas. A pesar de ello, las respuestas dadas por la Universidad en la Comisión Paritaria celebrada ayer, 16 de noviembre, entre representantes de la Universidad y los sindicatos, no sirvieron para aclarar la situación. Las explicaciones fueron parciales (sólo se abordó el tema de las indemnizaciones) y poco concluyentes, amparándose en las dificultades que entraña el análisis de la amplia gama de contratos utilizados en la Universidad. La UPV/EHU alega esos motivos para retrasar su posición hasta la siguiente reunión que se llevará a cabo el 14 de diciembre.
Mientras tanto los plazos se nos echan encima y no podemos perder ninguna oportunidad para defender nuestros derechos. Recordar que el plazo para reclamar la indemnización por cese es de un año desde la finalización del contrato (en el caso del personal laboral) y de cuatro años (para el funcionariado interino). Por otra parte, la conversión de un contrato en indefinido no fijo se puede reclamar durante la vigencia del contrato, o en un plazo de 20 días (profesorado laboral) o de un mes (funcionariado interino) a partir de la finalización del mismo.
Por todo lo anterior, si consideras que tienes derecho a presentar una reclamación porque tu contrato ha finalizado en alguno de los plazos arriba señalados, o si conoces a alguien en tal situación, poneos en contacto con LAB para que podamos estudiar el caso y analizar las posibles vías de reclamación.
Ten en cuenta que la realización de los trámites, requerirá aportar la siguiente documentación:
· Reclamación de indemnización: contrato, cese (fin de contrato), vida laboral y nóminas
· Reclamación de contrato indefinido no fijo: contrato, vida laboral y nóminas
Estas sentencias indican el fracaso de un sistema de contratación basado en la precariedad y el fraude. LAB considera que ha llegado la hora de consolidar las plantillas; hay que terminar con las situaciones de precariedad en el sector público.
Si tu contrato –laboral- finalizó a finales de noviembre o diciembre de 2015 o tu nombramiento- funcionario- a finales de noviembre o diciembre de 2012, es MUY URGENTE comenzar los trámites de reclamación.