Valoración de la sección sindical de LAB de la UPV/EHU sobre la LOSU aprobada en el Congreso español

El 22 de diciembre se ha aprobado la LOSU en el Congreso del Estado español, tras un proceso de debate de más de dos años con diversos agentes. Una vez aprobado por el Senado en los primeros meses de 2023, se publicará en el BOE y entrará en vigor. Este procedimiento ha tenido un largo recorrido y, desde el primer texto y propuesta elaborados por el ministro Castells a la propuesta presentada por su sucesor Subirats, ha habido cambios sustanciales. Las aportaciones, peticiones y presiones de los diferentes agentes y las enmiendas de los partidos políticos en los últimos meses han dado forma a este último escrito. En febrero de 2022 hicimos pública la lectura de LAB en torno al anteproyecto de la LOSU existente en ese momento. Como comentábamos en esa valoración, la LOSU es una ley ajena e impuesta; no es nuestra ley ni la ley que necesitamos. Sin embargo, la analizamos y hemos seguido de cerca su desarrollo para ser conscientes de las medidas concretas que iban a afectarnos y hacer públicas nuestras demandas y reivindicaciones.

A la hora de hacer una valoración global, hay que decir que la LOSU no es la ley que necesitamos los pueblos sometidos bajo el Estado español, ni una ley a favor de la clase trabajadora.

Por un lado, porque como seguimos reivindicando desde LAB, Euskal Herria tiene que ser dueña de su modelo educativo y, en relación al ámbito universitario, necesita leyes propias y soberanas. Necesitamos leyes que tengan en cuenta al conjunto de Euskal Herria y que respondan a las necesidades de la sociedad vasca.

Por otro lado, porque la LOSU no es una ley que satisfaga las necesidades de los y las trabajadoras, sino una ley condicionada por diversos poderes fácticos que, ante los tímidos intentos de enfrentar algunos problemas de las universidades y de democratizar mínimamente la gobernanza, quieren mantener a toda costa su estatus. Además de otros agentes, desde el inicio del proceso se ha hecho patente la presión reaccionaria de la CRUE. Y el Gobierno español, el supuestamente más progresista de las últimas décadas, ha dejado atrás la LOU de los tiempos Aznar (2001) y su ley de reforma (LOMLOU, 2007, con el Gobierno Zapatero), pero sin llevar a cabo un cambio real. Aunque tiene aspectos positivos, han dejado muchas situaciones igual y, en algunos casos, las ha empeorado. Desde una posición de debilidad, el Ministerio español de Universidades ha sido incapaz de incorporar a la ley una serie de medidas progresistas. La lectura del preámbulo pone el foco en algunas situaciones a resolver, pero es evidente la falta de concreción a la hora de definir medidas que conduzcan a una solución real. Visto el resultado final, podemos decir que no era necesario recorrer un camino tan largo. Han perdido la oportunidad de cambiar la normativa universitaria desde una perspectiva de izquierdas.

De cara a los elementos concretos que se recogen en la LOSU, y en comparación con la anterior ley universitaria, se pueden apreciar algunos avances y retrocesos, así como algunos aspectos que necesitaban una modificación pero que se quedan igual y otros que, aunque puedan ser positivos, quedan diluidos en la ambigüedad.

En el apartado de avances, la medida más destacada ha sido la ampliación de la posibilidad de ser rector/a del profesorado catedrático al resto de profesorado doctor permanente (con experiencia probada en docencia e investigación y gestión suficiente en un cargo unipersonal). Esta es una vieja petición que coincide con la histórica reivindicación del profesorado propio. Este cambio, que ha recibido hasta el último momento una gran presión de los estamentos universitarios retrógrados, supone un avance en la democratización de la universidad y, en este aspecto al menos, sitúa la vía laboral al mismo nivel que la funcionarial.

Por otro lado, se abre la vía a la estabilización a que el personal laboral doctor interino pueda ser contratado como personal laboral permanente (una vez se disponga de la correspondiente acreditación). Esta medida puede ser positiva para alrededor de un centenar de docentes de la UPNA.

En algunos puntos de la ley se recoge la promoción de las lenguas cooficiales, algo que no aparecía en las versiones previas.

Enmarcado en los acuerdos de cooperación sobre fronteras, se facilita el reconocimiento automático de los estudios al alumnado de diferentes Estados. Aunque está por ver cómo se desarrolla, este punto debería allanar el camino para que las y los estudiantes euskaldunes de Ipar y Hego Euskal Herria puedan cursar estudios universitarios en una universidad dependiente del otro Estado. Por otro lado, el alumnado de fuera de la UE seguirá teniendo limitada la homologación de estudios y el derecho al estudio.

En las unidades básicas que deben tener las universidades se ha incorporado la de apoyo psicológico.

En cuanto a la representación de cada colectivo en el Claustro, la LOSU establece que la representación del profesorado permanente sea del 51%. En los Estatutos de la UPV/EHU este porcentaje es del 56,25. Por tanto, disminuirá el peso de este colectivo, lo que permitirá aumentar el de otros colectivos minorizados. A este respecto, la LOSU establece que la representación del alumnado sea al menos del 25%, gracias al trabajo realizado en los últimos años por las organizaciones estudiantiles. Los Estatutos de la UPV/EHU establecen la representación del alumnado en un 22,08%. El colectivo docente permanente, depositario de poder en las universidades, aunque seguirá siendo mayoritario, tendrá una representación algo inferior. Una tímida mejora hacia la democratización de los espacios de decisión, pero totalmente insuficiente.

En el caso del profesorado ayudante doctor, los 24 créditos docentes actuales (240 horas) pasarán a ser 18 (180 horas). Ello debería facilitar las labores de investigación y formación de este colectivo.

En el apartado de aspectos que empeoran, destaca el relativo a la composición del Consejo de Gobierno. De hecho, se otorga más poder al equipo rectoral, pasando a estar un tercio del Consejo de Gobierno nombrado por el rector o rectora (incluyendo en dicho tercio a los miembros natos: rector, secretario general y gerente). Según los Estatutos de la UPV/EHU, 11 de los 45 miembros del consejo de Gobierno pertenecen al equipo rectoral: los 3 miembros natos citados más 8 vicerrectores nombrados por el rector. Con este cambio, el equipo rectoral controlaría directamente 15 miembros. Con la representación que ya tiene en el Consejo de gobierno y la complicidad por parte de algunos colectivos, el equipo rectoral aplica el rodillo y hace casi inviable cualquier iniciativa que no cuente con su visto bueno. A modo de ejemplo, tenemos la suspensión unilateral del acuerdo de jubilaciones. Aunque hubo una amplia respuesta contraria en el Consejo de Gobierno, lograron imponer su deseo. A partir de la implementación de la LOSU será todavía más complicado poder contrarrestar las pretensiones de la dirección o sacar adelante otras propuestas alternativas. Resulta contradictorio que en el preámbulo de la LOSU se haga referencia a garantizar la democratización y la participación en la universidad y se establezca en el articulado una medida tan grave en contra de estos conceptos, plagándose a los sectores reaccionarios de las universidades.

Hay aspectos que, siendo necesaria su modificación, se mantendrán sin cambios. Por un lado, el Gobierno español ha dado un no rotundo a la transferencia de las competencias recogidas en el Estatuto de autonomía de la CAV y en la Ley de Amejoramiento Foral de Navarra. Esto permitiría gestionar la homologación de todo el personal universitario y de los títulos oficiales en Hego Euskal Herria, así como que en Nafarroa Garaia y en la CAV se pudieran tomar decisiones acordes con la soberanía educativa que necesitamos.

Por otro lado, en cuanto a los porcentajes de los diferentes colectivos para la elección de rector o rectora, a pesar de algunos cambios, en la ponderación de votos el profesorado investigador permanente seguirá siendo al menos el 51%.

En cuanto al peso de los funcionarios, la LOSU mantiene la imposición de que el personal funcionario sea mayoría en el colectivo docente e investigador de cada universidad, lo cual va en detrimento de la vía laboral.

En cuanto al Claustro, seguirá siendo el máximo órgano de representación de la universidad y mantendrá la competencia de desarrollo, aprobación y modificación de los Estatutos, aunque haya existido un intento de suprimir su naturaleza y algunas de estas competencias.

Aunque en las versiones iniciales no estaba recogido, en el texto definitivo de la ley se han incluido los méritos de gestión para que sean considerados para la solicitud y adjudicación de retribuciones complementarias.

Si bien en el preámbulo de la ley se dice que se refuerza la objetividad de los concursos para las plazas de profesorado, ha desaparecido la pretensión de establecer una base de datos de candidatas y candidatos a tribunales de ámbito estatal o internacional que figuraba en las versiones iniciales de la ley. En lugar de mantener este propósito por constituir tribunales más independientes, se ha dejado en manos de cada universidad la propuesta de miembros de cada tribunal. En la práctica, esto supondrá dejarlo en manos del departamento correspondiente, lo que permitirá seguir alimentando conductas endogámicas. Otra declaración vacía para guardar las apariencias.

En cuanto a las sustituciones, aunque se mantendrá el contrato mientras se mantenga la causa que originó la sustitución, se niega al profesorado sustituto que pueda realizar actividad de investigación, ya esté contratado a dedicación parcial o a completa. En este sentido, por ejemplo, las sustituciones por cargos académicos (que, en el caso de órganos unipersonales electos, pasará de 4 a 6 años) se limitarán a actividades docentes. Negar la función investigadora al profesorado que va a estar varios meses o años como sustituto llevará aparejada una precarización evidente y puede tener consecuencias muy negativas en su trayectoria académica.

En lo referente al personal de administración y servicios, el espacio que la ley dedica a este colectivo es muy limitado y no supone apenas novedades. Entre ellas está el que el cargo de Secretaria o Secretario general pueda ser desempeñado por personal técnico con titulación académica.

Tampoco son pocas las cuestiones que corren el riesgo de quedarse en meras intenciones o tener muy poco desarrollo. Entre ellos está la de destinar el 1% del PIB a la educación universitaria. A pesar de la insistencia de los agentes progresistas en este tema, no ha pasado de quedar plasmada como una intención. De hecho, se menciona el objetivo de llegar a ese porcentaje entre las comunidades autónomas, las universidades y los presupuestos generales del Estado, con carácter plurianual y en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Esta redacción pone en bandeja encontrar excusas para no cumplir dicho objetivo.

Asimismo, en la LOSU se plantea como un objetivo importante la limitación de las situaciones de precarización, tan extendidas en las universidades. Para ello, se establece pasar el porcentaje máximo de contratos de personal docente e investigador temporal en las universidades públicas del 40% al 8% (excluido de este cómputo el profesorado adscrito y asociado en ciencias de la salud). Aunque esta medida supone un paso adelante, no será nada fácil llevarla a cabo. De hecho, la ley universitaria vigente hasta ahora no se ha cumplido en este tema y no ha pasado nada. La LOSU tampoco prevé medidas concretas si se supera dicho 8%. Y no hay que olvidar que este tipo de objetivos están directamente relacionados con la financiación de la universidad, ya que este tipo de contratos (principalmente los parciales) se emplean para disponer de mano de obra barata, también en la UPV/EHU. Palabras bonitas, sí, pero difíciles de creer.

Aunque, como ya hemos comentado, se pueden prever algunos efectos positivos, la LOSU no va a aportar las mejoras suficientes en el funcionamiento, calidad y condiciones de trabajo de la universidad. El centralismo en el Estado español y el poder de los lobbies retrógrados seguirán dominando las universidades, incluidas las públicas de Hego Euskal Herria.

LAB seguirá trabajando en la defensa de las condiciones laborales del personal de las universidades de Euskal Herria. Asimismo, en el camino hacia un sistema universitario propio e independiente, impulsará que las universidades de Euskal Herria sean definidas y gestionadas aquí, y que actúen al servicio de las necesidades de nuestro pueblo.