Se recuperan las primas de jubilación

Ayer, 5 de noviembre, se reunieron las mesas de negociación de los distintos colectivos de la UPV/EHU para analizar los puntos siguientes:

  • Información sobre la ejecución de sentencia referente a primas de jubilación voluntaria (2012-2014).
  • Propuesta de revocación del acuerdo de 5 de febrero de 2015 por el que se suspenden temporalmente los abonos relativos a las primas de jubilación voluntaria para el PAS y el PDI de la UPV/EHU (adjunto).

LAB ha criticado que el proceso de ejecución de la sentencia ha tenido una deriva administrativa y que abandonar el marco negociador ha provocado desconcierto y desinformación; además ha solicitado que al declararse nula la suspensión de las primas por el TSJPV también se abonen estas al personal que hubiera perdido demandas para evitar incoherencias y tratamiento discriminatorio.
En cuanto al contenido de la ejecución de la sentencia, se ha confirmado que todo el personal MUFACE jubilado voluntariamente a partir de enero de 2012 tiene derecho al cobro de las primas y que estas son compatibles con el cobro de la pensión de jubilación, extremos que se están notificando administrativamente a las personas interesadas. Respecto al personal laboral y funcionario del Régimen General de la Seguridad Social, actualmente se está a la espera de la respuesta de la Dirección de la Seguridad Social sobre la compatibilidad de la pensión y de las primas (aunque no tengamos dudas sobre dicha compatibilidad), se ha acordado no esperar más allá del mes de noviembre. A falta de respuesta, la administración de la UPV/EHU está dispuesta a elaborar una resolución para dar el mismo tratamiento a este personal.
En el segundo punto, la propuesta de revocación del acuerdo de 5 de febrero de 2015 del Consejo de Gobierno, por el que se suspenden temporalmente los abonos relativos a las primas de jubilación voluntaria para el PAS y el PDI de la UPV/EHU, supone la aceptación de la vigencia de los Convenios Colectivos del personal laboral y del Acuerdo Regulador y las mejoras introducidas en 2005 donde también se recogen primas por jubilación voluntaria. Por lo tanto se hace necesaria la negociación de los términos en los que se aplicarán las primas en vigor conjugándolas con lo recogido en el Acuerdo sobre jubilaciones firmado el 24 de Julio de 2015.
Por esta razón y dado que las reducciones de encargo docente/jornada laboral previstas en el mencionado acuerdo de jubilaciones son incompatibles con el cobro de estas indemnizaciones, la convocatoria de solicitud de estas reducciones se retrasará hasta después de noviembre, momento en el que se tomarán decisiones respecto a las primas, de forma que el personal interesado pueda optar entre el cobro de la prima o la reducción de docencia / jornada laboral.
Todos estos temas serán tratados, y esperemos acordados, en la próxima reunión de la Comisión Técnica de Jubilaciones a celebrar el próximo 19 de noviembre.