Sentencia favorable de fijeza, promoción interna, Comisiones de servicios y asignaciones de funciones

LAB consigue una sentencia de fijeza a favor de un PAS laboral de la UPV/EHU

Una sentencia publicada el martes 13 de junio da la razón a un trabajador temporal que había interpuesto una demanda de fijeza.

Esta sentencia reafirma el planteamiento de la sección sindical de LAB que considera que la ley Iceta y el acuerdo de mínimos de las OPEs de 2019-2022 firmado en la UPV/EHU por los sindicatos Steilas,UGT,ELA,CCOO y CGT no reconocen los derechos del personal temporal y, en concreto, los referidos a la estabilidad.

La dirección de la UPV/EHU se negó a incluir en el acuerdo de mínimos de la cláusula de estabilidad para el personal con cierta antigüedad que exigía LAB. Más aún, fijar la máxima puntuación por antigüedad en más de 14 años, significaba que PAS con más de tres, seis e incluso diez años de antigüedad pudiera perder su empleo.

La negativa de la dirección a explorar vías para la estabilidad del personal temporal cerraba la vía de la negociación y obligaba a acudir de forma individual a los tribunales.

A pesar de que algunas centrales sindicales también han reivindicado el derecho a la fijeza, ha sido LAB la que ha conseguido esta sentencia favorable. En este sentido, entiende que la sentencia es patrimonio de todo el colectivo del PAS temporal, tal y como hemos reivindicado en las mesas de negociación y en la campaña de elecciones sindicales.

Las carencias de la Ley Iceta y del acuerdo de mínimos de la UPV/EHU se han puesto de manifiesto y obligan a repensar los términos de los acuerdos firmados con otros sindicatos.

En este sentido pedimos a la UPV/EHU que no recurra esta sentencia que reconoce un derecho a su personal, y que acuerde con la parte social su aplicación al resto del PAS laboral y también funcionario.

La promoción interna no garantiza la carrera profesional del PAS funcionario

Ya advertíamos a los sindicatos firmantes del acuerdo de mínimos que las plazas ofertadas en promoción interna eran insuficientes para satisfacer las demandas del PAS funcionario de carrera y aun así avalaron el acuerdo que impide materializar el derecho a la carrera profesional de este personal.

En el contexto del proceso negociador, LAB propuso a la dirección de la UPV/EHU la utilización de un 10% adicional de plazas ofertadas en la OPE para facilitar que el PAS funcionario de carrera pudiera promocionar incluso en su propio puesto de trabajo.

Este 10% adicional de plazas está previsto en la legislación aplicable y permitiría equilibrar por escalas y campus las plazas ofertadas en promoción interna. La dirección debería reconsiderar esta posibilidad y garantizar el derecho a la carrera profesional del PAS que ha superado la promoción interna.

Comisión de Servicios y Asignación de Funciones. Se reinstaura y refuerza la discrecionalidad de la dirección

Recientemente las centrales sindicales Steilas y UGT han firmado el acuerdo sobre las Comisiones de Servicios del PAS funcionario de Carrera y junto con CGT otro sobre las Asignaciones de Funciones del PAS laboral.

La dirección de la UPV/EHU ha visto reforzada su potestad para adjudicar de manera discrecional la cobertura de necesidades mediante comisiones de servicios y asignaciones de funciones.

Se pierde la oportunidad de recuperar el procedimiento baremado pactado en 2013 que permitía la participación del personal temporal funcionario y laboral. Se pierde la oportunidad de ampliar al personal temporal los derechos que asisten al personal de carrera y fijo, extendiendo la reserva de plaza al personal interino y/o temporal.

Pero lo peor del acuerdo es que queda en manos de la dirección de la UPV/EHU la adjudicación de forma arbitraria de estas comisiones de servicios y asignaciones de funciones a personal temporal.

La legitimidad que les da su exigua mayoría no exime a las centrales firmantes de ser coherentes con los discursos que realizan a favor de este personal.

En este sentido es incomprensible que se retrase más de dos años la negociación de los nuevos acuerdos de comisiones de servicios, asignación de funciones y bolsas de trabajo porque esto afecta a la estabilidad del personal temporal y al desarrollo de su carrera profesional.